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Hacienda traquea todas las operaciones hechas con criptomonedas

22 de abril de 2019

Hacienda tiene traqueadas todas las operaciones que se hagan con criptomonedas. La Agencia Tributaria no sólo tiene los datos de nóminas, intereses y operaciones con inmuebles, sino que también goza de un apartado en el que, citando literalmente, recuerda que “de acuerdo con los datos de que dispone Hacienda, si usted ha realizado operaciones con criptomonedas, le recordamos que los beneficios generados en estas operaciones, constituyen rentas sujetas al IRPF, con la calificación de las rentas patrimoniales que deben incluirse en la casilla 389 de la declaración del impuesto”.

En el borrador de declaración, no es posible, en la casilla 389, indicar las pérdidas sufridas por operar con criptomonedas, y alude a otras ganancias de patrimonio como por ejemplo los intereses indemnizatorios. Lo más acertado habría sido incluirlas en el apartado de “ganancias y pérdidas patrimoniales que deriven de la transmisión de otros elementos patrimoniales como inmuebles o acciones no cotizadas”.

La Agencia Tributaria conoce nuestros datos, y si no los conoce puede obtenerlos de diferentes formas: por ejemplo, si operas en una plataforma como Kraken o Coinbase es muy probable que la Agencia Tributaria disponga de tus datos identificativos, los movimientos que hayas hecho, los ingresos que hayas obtenido e incluso tus datos bancarios.

Con esos datos, la Agencia Tributaria crea una base de datos en la que pueden comprobar la compraventa de las criptodivisas por parte de los contribuyentes. Si con la compra de una cripto no se recibe una ganancia patrimonial, no es necesario declararlo en el IRPF. Si se hacen varias inversiones o, se compra y se vende, sí es necesario declararlo en la renta.

La Agencia Tributaria, con el conocimiento de esos datos, puede optar por informar de los datos fiscales a los contribuyentes antes de la campaña de la declaración de la renta o después de la misma, abriendo una campaña de inspección sobre los clientes que no hayan declarado estas circunstancias.

Lo habitual es que cada contribuyente haga un análisis de los gastos del último, o los dos últimos años anteriores, para ver si se da un complemento del año anterior o debe incluirlo en la declaración.

Si al hacer esta comprobación descubres haber realizado operaciones con criptomonedas, aunque esta información no aparezca en tus datos fiscales, es recomendable incluirla en la declaración de la renta, puesto que, Hacienda irá recopilando datos con hasta cuatro años de retroactividad para realizar la comprobación.

En LABE Abogados te ayudamos a realizar la declaración de los ingresos obtenidos en el último año por operaciones con criptomonedas, estamos en plena campaña así que ven e infórmate.

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