fbpx
Seleccionar página

Modelo 232: qué es y quiénes deben presentarlo

¿Qué es?

El modelo 232 es un modelo mediante el cual se informa a la Agencia Tributaria de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.

Las operaciones vinculadas son todas aquellas operaciones de contenido económico que llevan a cabo entidades o personas físicas entre ellas siempre y cuando exista una vinculación de, al menos, el 25% de capital social o de los fondos propios entre ellas.

¿Quiénes están obligados?

La Ley del Impuesto sobre Sociedades establece dos tipos de obligaciones distintas e independientes, por lo que puede darse el caso de contribuyentes que estén obligados a informar sobre estas operaciones, pero no estén obligados a documentar las mismas.

A) De la obligación de documentación (artículo 18.3 de la Ley del IS)Quedan excluidas las empresas cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 10 millones de euros, cuando el importe total de las operaciones vinculadas realizadas por ellas no supere 100.000 euros de valor de mercado.

B) De la obligación de información (artículo 13.4 del Reglamento de IS) : Esta obligación queda materializada con el modelo 232 y deberán presentarlo:

  1. Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades
  2. Contribuyentes del Impuesto sobre la renta de no residentes que actúen mediante establecimiento permanente
  3. Entidades en régimen de atribución de rentas

Siempre y cuando se de alguna de las siguientes circunstancias:

  • Que el volumen de operaciones con una misma persona o entidad vinculada supere los 250.000 euros (a valor de mercado)
  • Que se supere el límite de 100.000 euros en algunos de las denominadas operaciones específicas
  • Operaciones que hacen las entidades que puedan estar sujetas con contribuyentes que tributen por módulos en IRPF
  • Operaciones de transmisiones de bienes inmuebles y operaciones de transmisión de negocios

¿Cuándo se presenta?

El plazo de presentación del modelo 232 se encuentra dentro del mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo al que se refiera la información a suministrar. Las empresas que cierran su ejercicio fiscal el 31 de diciembre lo deberán presentar a lo largo del mes de noviembre.

Para más información póngase en contacto con nosotros y nuestro equipo de especialistas tratará su caso.

 

      ARTÍCULOS RELACIONADOS

      Copyright © 2022 LABE Abogados y Consultores. Todos los derechos reservados  │ AVISO LEGAL Y POLÍTICA DE PRIVACIDAD | POLÍTICA DE COOKIES

      💬 ¿Necesitas ayuda?
      Index