fbpx
Seleccionar página

Nuestro Blog

Recomendación de Europa acerca de la posible compensación en las empresas de las pérdidas derivadas de la Covid-19

5 de julio de 2021
5 de julio de 2021

El pasado día 18 de mayo, la Comisión Europea publicó su nuevo programa para los próximos años acerca de la tributación de las empresas para el siglo XXI, todo ello, con la finalidad de crear un sistema de tributación empresarial más sólido y eficiente, dentro del ámbito de la Unión Europea.

En ese plan de tributación, se han contemplado varias propuestas legislativas, así como una recomendación acerca del posible tratamiento fiscal de las pérdidas derivadas del COVID-19.

La Comisión, ha tenido muy presente en la elaboración de este Plan de Tributación a las empresas que han sufrido, y continúan sufriendo, las consecuencias de la crisis sanitaria y económica que estamos viviendo. Por ello, Europa ha recomendado a los estados miembros, que permitan la compensación de las pérdidas sufridas por las empresas, en especial por las Pymes, durante 2020 y 2021, con los beneficios que hubieran obtenido en años anteriores, dando pie a la devolución de impuestos pagados en esos ejercicios.

Es decir, el objetivo principal es que se aplique esta medida a aquellas empresas que sufren dificultades directamente relacionadas a la pandemia, siempre que las mismas hubieran obtenido beneficios y hubieran tributado con anterioridad a 2020.

Esta compensación de pérdidas que recomienda la Unión Europea, evitaría que los estados miembros gasten fondos en ayudar a empresas con dificultades económicas anteriores, sin conexión alguna con la pandemia.

Al tratarse de una simple recomendación, cada Estado miembro deberá decidir al respecto, pero la Unión considera que sería una decisión totalmente justificada, que lo único que supone es que las empresas reciban liquidez ahora, en lugar de esperar a poder compensar sus pérdidas en los futuros ejercicios.

Es una medida que permitiría evitar el cierre inminente de más empresas, que, de encontrarnos en otra situación, seguirían siendo rentables, así como, reducir las pérdidas fiscales que se trasladarían a los próximos ejercicios.

En cuanto a los ejercicios, la Comisión ha recomendado que los Estados permitan el traslado de las pérdidas, al menos, al ejercicio de 2019, pudiendo los mismos ampliar ese periodo como máximo a los tres ejercicios anteriores.

Por último, la Comisión también ha recomendado que, para limitar un perjuicio excesivo en los presupuestos nacionales, se limite la cuantía de las pérdidas que puedan ser trasladadas a ejercicios anteriores, estableciendo el límite en 3 millones de euros por ejercicio.

En LABE Abogados contamos con un equipo de asesores fiscales expertos en la materia. Ponte en contacto con nosotros y un asesor fiscal solventará tus dudas en menos de 24h.

 

ARTÍCULOS RELACIONADOS


ARTÍCULOS RELACIONADOS

LABE newsletter

Nuestra newsletter, redactada por los profesionales de LABE Abogados, te mantendrá al día sobre la actualidad jurídica de España e internacional. Si quieres empezar a recibir nuestras alertas completa el siguiente formulario.

CONTACTA

Tfno: 913 14 90 16

Fax: +34 91 279 79 13

Email: info@labeabogados.com

NUESTRO HORARIO

Lunes a jueves

De 9:00 a 19:00

Viernes

De 8:00 a 15:00

Copyright © 2023 LABE Abogados y Consultores. Todos los derechos reservados  │ AVISO LEGAL Y POLÍTICA DE PRIVACIDAD | POLÍTICA DE COOKIES

💬 ¿Necesitas ayuda?