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La transposición de la Directiva Whistleblowing

20 de mayo de 2021

Podemos definir la práctica conocida como “whistleblowing como la vía de comunicación interna que tienen las empresas para denunciar comportamientos irregulares, delictivos o poco éticos, entre otros, que ocurren dentro de la propia sociedad, bien sea entre los empleados de la misma o con terceros que se vean involucrados.

Esta vía de comunicación sirve para garantizar, por parte de las empresas, el cumplimiento de conductas relativas a las buenas prácticas empresariales y así evitar posibles responsabilidades penales por parte de las personas jurídicas. Como es de especial atención, las personas jurídicas están sujetas a responsabilidad penal, tal y como se introdujo por la Ley Orgánica 5/2000 (en adelante, LO 5/2000), en el artículo 31 bis del Código Penal (en adelante, CP).

La obligación de transposición de esta directiva por parte de las empresas llega tras la publicación, en el Diario Oficial de la Unión Europea (en adelante, DOUE) del 26 de noviembre de 2019, de la nueva Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión. En base a esta norma, las empresas, tanto públicas como privadas, cuya plantilla de trabajadores sea superior a 50, deberán incorporar los canales de denuncia que la Directiva contempla a fin de que aquellos empleados o terceros que tengan conocimiento de sucesos irregulares, puedan denunciarlo. Asimismo, el canal de denuncias deberá referirse a la autoridad competente la cual se encargará de tratar los asuntos trasladados como “irregulares”.

Hasta ahora, en España, aquellos que denunciaban delitos u otras infracciones de interés público, podían enfrentarse hasta penas de prisión de siete años. Pero, con la aprobación de la citada directiva, la situación cambiará a partir del 17 de diciembre de 2021, fecha límite establecida por el Consejo de la Unión Europea para que los Estados Miembros de la Unión (en adelante, EEMM), transcriban la misma. Por el contrario, a día de hoy, la norma no ha sido traspuesta por ningún EEMM.

El objetivo principal de establecer el mecanismo “whistleblowing” es el cumplimiento total de la ley por parte de las empresas, para así evitar la mala praxis empresarial, al mismo tiempo que las mismas aumentan su transparencia tanto internamente como externamente. Entre los principales delitos con los que la Unión Europea pretende acabar, se encuentran: el blanqueo de capitales, la corrupción, el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos, entre otros.

Respecto a los mecanismos que la Directiva ofrece a las empresas para que estas denuncien las irregularidades, se contemplan los siguientes: canal de denuncia interno, divulgación pública y denuncia externa. A través de estos canales, los denunciantes tendrán derecho a que se les proteja siempre que los hechos de la denuncia tengan relación con las actuaciones prohibidas comprendidas en la Directiva.

En virtud de esta norma, no solo serán los trabajadores de las empresas los que tendrán la obligación de denunciar a través del canal que la empresa elija, sino que la norma legitima a cualquier persona que tenga acceso a determinada información que pudiese ser considerada por sus receptores como “irregular”, a personarse como denunciante y utilizar el canal de denuncia adoptado por la empresa.

De algo que parece que tampoco se han olvidado de regular los legisladores es acerca de las represalias que los denunciantes podrían potencialmente sufrir al haber comunicado el ilícito mediante el canal de denuncia. En caso de que el demandante sufriese alguna consecuencia por haber denunciado el ilícito, por nimia que esta sea, la misma deberá ser resarcida conforme al Derecho establecido por cada EEMM. Por supuesto, el resarcimiento variará en función del daño sufrido. Si, por ejemplo, el demandante sufrió la consecuencia de despido, este será readmitido.

En LABE Abogados tenemos un servicio destinado a la implantación del canal de denuncias. Por ello, si tienes alguna consulta al respecto, no dudes en contactar con nosotros y daremos solución a tus preguntas.

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