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Todo lo que necesitas saber sobre el derecho a la desconexión del teletrabajo

23 de marzo de 2022

La regulación del teletrabajo en 2022

El teletrabajo sigue siendo una de las medidas que ha traído la COVID 19, pero que ha llegado para quedarse. Durante estos dos años han surgido muchas dudas sobre sus reglas y cómo debía implementarse de manera correcta por parte de las empresas. Es por ello, que la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, regula una de las principales incógnitas de esta nueva medida: el derecho a la desconexión digital.

Se repasarán a continuación los principales puntos claves que se recogen en el artículo 5 del Real Decreto 10/2021:

  • La voluntariedad del teletrabajo: Según se recoge en el artículo, trabajar a distancia siempre será de forma voluntaria tanto para el empleado como para el empresario. Es decir, una persona puede negarse a realizar sus tareas a través de esta modalidad y no puede despedirse por ello.
  • El horario de la jornada laboral que realice el trabajador deberá quedar registrado en base al artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores. Es decir, el empleado deberá cumplir su horario, aunque podrá aplicar dicha flexibilidad horaria.
  • En cuanto a los derechos de los empleados, estos serán los mismos que si realizasen su actividad en la instalaciones que facilite la empresa. En este punto se incluyen desde retribuciones, acceso a formación, ascensos…
  • A través del acuerdo que se firme con la empresa, el trabajador deberá recibir una compensación por todos aquellos gastos que implique el teletrabajo: ordenador, acceso a Internet, equipos eléctricos…
  • En los contratos formativos se debe garantizar una presencialidad mínima que garantice el objetivo de estos contratos: práctica profesional al nivel de estudios cursado, como la obtención de una cualificación profesional, bajo una supervisión adecuada y suficiente por parte de la empresa.
  • En cuanto al derecho de la intimidad, protección de datos o el derecho a la desconexión digital de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre. En esta misma se establece que la empresa debe acordar las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y limitar la utilización de los medios tecnológicos en los periodos de descanso.

Obligaciones y derechos del teletrabajo

La empresa está obligada a establecer por escrito las condiciones del trabajo a distancia antes de que se inicie esta modalidad de trabajo. Es decir, todo trabajador debe recibir una copia de este acuerdo.

Asimismo, la empresa debe garantizar a los empleados que deseen realizar el trabajo a distancia, el material necesario para desenvolver su actividad de una forma adecuada, siempre y cuando se firme un acuerdo previo al teletrabajo que lo especifique.

Sin embargo, en el capítulo III se cita directamente “abono y compensación de gastos, derechos con repercusión en el tiempo de trabajo, derecho a la prevención de riesgos laborales, derechos relacionados con el uso de medios digitales y los derechos colectivos de las personas que trabajan a distancia”, pero no se aclaran cuáles son estos gastos de manera específica.

Por lo tanto, lo mejor es que se firme un acuerdo entre ambas partes, empleado y trabajador, en el que se establezcan todos aquellos puntos posibles que sean objeto de disputa o que no estén definidos de forma clara en la Ley.

La desconexión digital en el trabajo como derecho

Uno de los derechos principales y también obligación de los empleados es la desconexión digital durante el teletrabajo. En esta norma, reconocida como una de las condiciones indispensables en las relaciones laborales se establece que se tiene derecho a la desconexión digital fuera de su horario de trabajo en los términos establecidos en el artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018, del 5 de diciembre. 

A través de la anterior, las grandes compañías se ven limitadas a la imposición de horarios abusivos que puedan afectar a la conciliación familiar e incluso a otras ventajas que pueda establecer el teletrabajo. De esta manera, la desconexión digital es una de las condiciones indispensables en las nuevas relaciones laborales entre trabajadores y empresas. No solamente permite que se regule el teletrabajo sino que también supone un incentivo de retención de talento para la compañía.

En dicha medida quedarían incluidos también todos aquellos aspectos como las llamadas fuera del horario de trabajo así como aquellas reuniones que también se establezcan en un horario que no pertenece al acordado en la compañía.

Qué ocurre si no se cumple el tiempo de desconexión del teletrabajo

La falta de desconexión digital puede desencadenar a la larga en problemas para el trabajador. Esta se reflejaría, según algunos estudios, en que aquellas personas trabajadoras se sentirían más cansadas y por lo tanto el rendimiento disminuiría. Aquellas personas que trabajan desde el hogar son más propensas a trabajar por encima de las horas establecidas. De tal forma, que el tiempo de descanso que realizarían sería menor y también su productividad.

Para muchos expertos, el miedo a perder el trabajo, así como la cultura de la presencialidad, hacen que al trabajador le cueste desconectar. La responsabilidad profesional por parte de los trabajadores hace que a veces se confunda con la esclavitud digital. De ahí la importancia de saber establecer dichos límites para no sumergirse en un bucle que afecte a la productividad de nuestro trabajo.

Es muy importante, en caso de que se tenga algún tipo de enfermedad o compromiso que no permita desarrollar el trabajo en las horas establecidas aclararlo con la empresa por medio de un acuerdo en el que se delimiten todos aquellos aspectos de forma escrita.

A qué sanciones se exponen las empresas si no permiten la desconexión digital de los empleados

La normativa laboral, en cuanto al derecho a la intimidad y a la normativa de riesgos laborales contempla las sanciones principales a las que se someten las empresas en caso de cometer algún tipo de abuso de sus trabajadores. Estas sanciones se podrían resumir en las siguientes:

  • Infracción grave por transgredir los límites acordados en materia de jornada laboral. En este caso, las multas pueden oscilar entre los 620€ y los 6250€. Un ejemplo práctico de este caso podría ser enviar un email fuera de la jornada laboral.
  • Comisión de infracción grave por incumplir la normativa de riesgos laborales. La multa puede llegar hasta los 40.895€. Un ejemplo de este caso podría ser aquellos supuestos en los que la vulneración del derecho a la desconexión digital produjese algún trastorno psicosocial en el trabajador. Asimismo, la fatiga informática, la visual y el burnout entrarían dentro de este régimen de sanción.
  • Falta muy grave por vulneración del derecho a la intimidad y la consideración debida a la dignidad de los trabajadores. Las multas en este supuesto podrían llegar a los 187.515€. Como este último caso es el de máxima gravedad, por poner un ejemplo práctico, dicha infracción se puede dar si la empresa implementa de manera agresiva e intrusiva mecanismos de vigilancia al trabajador

Cómo implementar un modelo de desconexión de teletrabajo en mi empresa

Algunas de las empresas pioneras en introducir el derecho a la desconexión digital son Orange, Aon y Axa Seguros. El aumento del teletrabajo está generando una mayor retención de talento en todas de las compañías y es por ello que se debe regularizar también este aspecto.

Ante el carácter innovador de la medida surge la incertidumbre general de cómo implantar en la empresa el derecho de la desconexión del teletrabajo. Pues bien, lo mejor será acordar una hora de descanso con los trabajadores en la que se tomen su tiempo libre y desconecten de las pantallas. Aunque son muchos aquellos que quieren completar su jornada laboral de un solo tirón para quitarse de en medio el trabajo cuanto antes esto no es lo recomendable.

Establecer un horario, que sea cumplido por los empleados e incluso que se les recompense de alguna manera por cumplir su tiempo de descanso podría ser uno de los incentivos que puede establecer la empresa. La regulación del home office o trabajo a distancia es tan importante como el presencial.

El derecho a la desconexión del teletrabajo se está incluyendo ya en algunos Convenios Colectivos. Por ello, es importante mantenerse al día con estas nuevas implicaciones legales en cuanto a la regulación del trabajo a distancia. Si este es tu caso y no sabes cómo afrontar este nuevo derecho de los trabajadores, ni cómo implementarlo en tu empresa, lo mejor es que cuentas siempre con la ayuda de un equipo de abogados asesores en la materia. Desde LABE contamos con un equipo de abogados laborales expertos en la elaboración de Planes de Igualdad, Planes de regulación del teletrabajo entre otros servicios.

 

El Tribunal Supremo y sus sentencias sobre la desconexión digital en el trabajo

Uno de los casos que más controversia ha generado en cuanto al derecho de la desconexión digital ha sido el de la sentencia del  trabajador aéreo que se negó a seguir un curso a distancia de dos horas de duración fuera de sus cuadrantes de trabajo presencial. El trabajador no realizó el curso dentro del plazo de 15 días que pedía la empresa alegando que este se haría fuera del horario de trabajo. Con lo cual, el trabajador fue sancionado con tres días de suspensión de empleo y sueldo por no haber realizado el curso ordenado.

El trabajador demandó a la empresa y la sentencia de instancia declara vulnerado el derecho del trabajador a la intimidad personal y familiar del artículo 18 de la Constitución en lo que se refiere a su vertiente de desconexión digital regulada en el artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Esta sentencia del año 2020 refleja todavía lo mucho que nos queda por avanzar en cuanto a la regulación del teletrabajo y concretamente en cuanto al derecho a la desconexión digital o del teletrabajo. Es por ello, que todavía las sentencias por las que guiarse son escasas y lo mejor es siempre contar con ayuda de un profesional que nos guíe durante todo el proceso y por supuesto que sepa como afrontar este tipo de situaciones en nuestra empresa.

Desde LABE Abogados contamos con un equipo de abogados expertos en materia laboral que pueden acompañarte durante un proceso de disputa ante una sanción como las vistas anteriormente y evitar cualquier sanción que puede ir de los 620€ hasta los 187.000€. Asimismo, también pueden encargarse de implementar el derecho de desconexión digital en el trabajo o teletrabajo y convertir a tu compañía en la pionera en el sector.

 

 

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