Otorgar testamento es una de esas cosas que la mayoría de personas pospone hasta que es demasiado tarde.
Cualquiera relaciona el otorgar testamento con morirse. Este simple hecho hace que, en la mayoría de ocasiones, no se llegue a formalizar.
Abogados y demás juristas relacionados con este ámbito jurídico aconsejan otorgar testamento cuanto antes mejor. Nunca se sabe lo que le deparará la vida en el futuro a cada uno y seguro que muchos de nosotros desearíamos que nuestros bienes quedasen en buenas manos en el caso de que nos pase algo.
Este artículo pretende responder a algunas de las preguntas más comunes sobre la elaboración de un testamento y cómo puede dejar su patrimonio de forma eficaz.
¿Es bueno otorgar testamento?
Hacer un testamento facilita el cumplimiento de su voluntad. Evita problemas a sus herederos y disputas familiares necesarias.
A través de un testamento, usted puede distribuir su patrimonio entre sus herederos. Esto es crucial para continuar con su vida sabiendo que sus bienes irán a las personas que más quieren y que evitarán disgustos.
No es obligatorio hacer un testamento. Es voluntario y usted puede o no elegir realizarlo. Sin embargo, le aseguramos que es muy recomendable.
¿Existe algún problema si no formaliza un testamento?
Si no otorgas testamento, no podrás repartir tu herencia entre tus herederos como quieras. Si no hay testamento, debemos hablar de sucesión intestada y el reparto de los bienes de su patrimonio se realizará según la ley.
Tu voluntad no será sostenida en cuenta ya que no quisiste expresarla. En este caso, debes saber que podrías perjudicar a personas a los que te gustaría haber dejado algunos bienes y que ya no podrán heredarlos.
Además, el proceso de distribución de la herencia será un proceso más largo y difícil en comparación con el proceso de apertura de un testamento.
¿En qué momento se debe otorgar testamento?
El Código Civil español indica que hay que tener 14 años o más para hacer un testamento notarial, y 18 años o más para realizar un testamento ológrafo.
¿Cuándo se debe hacer? No hay una edad aconsejada para hacerlo. Puede correr el riesgo de fallecer sin haber hecho un testamento si tiene una edad avanzada.
Si tiene cónyuge e hijos, hacer un testamento es aconsejable porque proporciona seguridad para usted y, sobre todo, a sus seres queridos en caso de un percance inesperado.
¿Perjudica otorgar testamento cuando se es demasiado joven?
Otorgar testamento es más importante de lo que pensamos. Ni siquiera pensamos en hacer uno cuando nos sentimos jóvenes y sanos. Otra suposición común es que hacer un testamento demasiado pronto podría perjudicar su posición financiera.
Nada más lejos de la realidad. Hacer un testamento, aunque esté escrito a mano, es confidencial y es un documento muy protegido por nuestro sistema legal.
Realizar un testamento no solo no le perjudicará, sino que será bueno para usted. Nunca se sabe lo que te puede dejar el próximo minuto de tu vida.
¿Cuál es el coste de otorgar testamento?
Hay ciertos costes económicos asociados a la realización de un testamento. El costo de hacer un testamento varía, dependiendo del Notario elegido y del número de páginas.
En algunos casos se contrata a un abogado para que lo redacte, por lo que habrá que sumar el tamaño de su patrimonio y los costes del proceso de redacción del testamento.
¿Puede repartir su herencia cómo quiera?
Según el Código Civil español, tendrás que dejar una tercera parte a tus herederos, pero existen diferencias con otros Códigos Civiles vigentes en el territorio español como el catalán.
De hecho, la única parte de tu herencia que podrás repartir libremente es un tercio. Si, por ejemplo, tu residencia está fijada en Cataluña, podrás repartir libremente el 50% si dejas viuda o viudo. Si no hay cónyuge, este porcentaje aumenta al 75%.
¿Puedes desheredar a un heredero legítimo?
Sí, se puede y en muchos casos debería ser más sencillo. Según el artículo 853 del Código Civil, existen varias causas para desheredar a un legítimo. Estas causas son, en todo caso, lógicas: denegación de alimentos, malos tratos, ausencia de parentesco, entre otras.
En general, es probable que el desheredado demande ante los tribunales una vez que se entere de que no va a heredar su parte legítima. Por lo tanto, es muy probable que el proceso de heredar se complique y acabe judicializado.
¿Qué tipo de testamento debe redactar?
Existen diferentes tipos de testamentos, y cada uno tiene sus propias implicaciones legales. A continuación, exponemos de forma resumida, los principales tipos de testamento y cómo se diferencian unos de otros:
Testamento abierto
Deberá acudir sí o sí a un Notario. En la notaría es donde se redactará la escritura testamentaria, el Notario la leerá en voz alta y Ud. deberá confirmar que todo está en orden.
Testamento cerrado
Tendrá que ir a un Notario, pero con importantes diferencias con el testamento abierto. Deberá Ud. redactar el testamento y entregarlo al Notario en un sobre cerrado.
El sobre no se podrá abrir hasta el día en que se formalice la declaración de herederos donde se leerá su última voluntad (la contenida en el sobre, claro).
Testamento ológrafo
Es igualmente legal escribir su testamento a mano, pero de su puño y letra. En este caso no hace falta ir a ningún Notario, ni dejarlo en sobre cerrado. De hecho, ya se pude realizar de forma online.
¿Cuáles son los impuestos que deberán pagar sus herederos?
Los impuestos que deberán abonar sus herederos a la hora de adquirir los bienes dependerán mucho de la Comunidad Autónoma donde tengan que pagarlos.
Cada una tiene su tipo de gravamen, y además, deberán abonar este impuesto de sucesiones antes de recibir los bienes heredados
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