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Lucha contra el dopaje en el deporte

8 de octubre de 2020
8 de octubre de 2020

Se ha creado un Anteproyecto de Ley Orgánica para luchar contra el dopaje en el deporte que ha sido aprobado conforme a actualizar y modernizar el marco normativo que ya existía, pero adaptándolo en concreto al sistema jurídico de nuestro país cuya base son las normas internacionales.

El objetivo de este Anteproyecto es garantizar que las competiciones se lleven a cabo en igualdad de condiciones y adaptación a las propias capacidades naturales de los deportistas y así evitar que se consuman sustancias prohibidas.

Además, la tramitación de esta Ley Orgánica responde a la obligación de España de incorporar modificaciones que vienen del nuevo Código Mundial Antidopaje 2021, el cual entra en vigor el próximo 1 de enero.

Por otro lado, cabe destacar que, si se incumple la obligación de incorporarlo al Derecho interno por alguno de los Estados firmantes, la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) tiene la potestad de imponer las sanciones pertinentes.

Principales novedades:

  • Finaliza el proceso iniciado por el Real Decreto-ley 3/2017, de 17 de febrero, a través del cual las competencias en Deporte y Salud pasan a las manos del CSD.
  • Se elimina la referencia de “Protección de la Salud en el Deporte” y pasa a ser nombrado como “Agencia Estatal-Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte”.
  • Esta ley favorece la inspección según se dispone en el Código Mundial Antidopaje 2021 y en el que se introducen por primera vez obligaciones sobre programas y planes antidopaje.

Nuevas conductas que pueden ser sancionadas:

  • Manipulación del proceso de control antidopaje por parte de un deportista u otra persona a la que se pueda aplicar esta norma.
  • La instigación, conspiración, encubrimiento, ayuda, incitación o cualquier tipo de colaboración en el desarrollo de una infracción.
  • Eliminación de realizar un primer aviso antes de llevar a cabo la sanción.

Novedades en las sanciones:

  • Se va a realizar una nueva categorización de los deportistas con licencia al igual que de las sanciones que se pueden imponer, para que el régimen sancionador sea más justo y adaptado a la realidad del deporte en la población. Por ello, se van a distinguir entre deportistas internacionales, nacionales y aficionados.
  • Las “sustancias de abuso” serán un nuevo tipo prohibido en el deporte y se creará una lista anual de ellas por la AMA. Para el próximo año, en esta lista estará la cocaína, heroína, éxtasis y THC.

 

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