Arraigo laboral en España | Labe Abogados

Arraigo Laboral en España: Tu opción para tu estabilidad profesional

6 de febrero de 2024
6 de febrero de 2024

El arraigo laboral en España constituye uno de los métodos mediante los cuales un individuo de otro país tiene la posibilidad de obtener la autorización de residencia temporalmente por situaciones especiales.

Para lograrlo, es imprescindible demostrar, aparte de haber residido de manera ininterrumpida en España por un lapso no menor a dos años y no tener antecedentes penales, el mantenimiento de un vínculo laboral por un tiempo mínimo de seis meses.

¿Cuáles son los requisitos para el arraigo laboral?

Estos son los requisitos que se deben cumplir para solicitar la autorización de residencia por arraigo laboral:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia, durante los últimos cinco años, por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en países con los que España tenga firmado un convenio.
  • No encontrarse, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país.
  • Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de dos años.
  • Poder demostrar la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a seis meses.

 

¿Qué documentación debo aportar para el arraigo laboral?

La documentación que se deberá aportar para ala autorización de residencia por el arraigo laboral será la siguiente:

  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–10)  por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
  • Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses.
  • Documentación acreditativa de la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años.

Por ejemplo: documentos al empadronamiento, a una hospitalización, a una consulta médica, así como cualquier documentación que justifique la presencia en España.

  • Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país en los que haya residido durante los 5 últimos años anteriores a España.
  • Documentación acreditativa de la existencia de relaciones laborales, en situación legal de estancia o residencia en los últimos dos años.

A estos efectos, la actividad laboral por cuenta ajena deberá suponer, como mínimo, una jornada de 30 horas semanales en el periodo de seis meses o de 15 horas semanales en un periodo de 12 meses.

En el caso de trabajo por cuenta propia se deberá acreditar una actividad continuada de, al menos, seis meses.

  • Justificante del abono de la tasa del Modelo 790 código 052, epígrafe 2.5 “autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales”.

Por otra parte, cualquier documento oficial emitido en el extranjero debe ser legalizado previamente por la Oficina consular española en el país de origen del documento o, si corresponde, por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación. Esta exigencia no aplica si el documento ha sido apostillado conforme al Convenio de La Haya del 5 de octubre de 1961 o si está eximido de legalización por algún Convenio Internacional.

¿Cuáles son los beneficios del arraigo laboral?

A diferencia de otros tipos de arraigos, como el arraigo social, para el arraigo laboral no es necesario contar con una oferta laboral previa, demostrar recursos económicos propios ni iniciar un negocio propio; basta con probar una estancia ininterrumpida en España durante dos años y una relación laboral por seis meses.

Este hecho amplía significativamente las opciones y el número de individuos que pueden satisfacer las condiciones para este tipo de autorización, ofreciéndonos así una alternativa adicional de regularización por la cual es posible obtener un permiso para residir y trabajar en España.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué es el arraigo laboral?

El arraigo laboral es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales y se otorga a ciudadanos extranjeros que llevan en España al menos dos años y puedan acreditar que han tenido relaciones laborales con una duración mínima de seis meses.

¿Qué se necesita para aplicar al arraigo laboral?

No ser ciudadano de la Unión Europea. No tener antecedentes penales. No tener prohibida su entrada a España. Haber residido de manera ininterrumpida en España durante dos años. Demostrar relaciones laborales durante al menos 6 meses.

¿Cuánto tiempo es el requerido para poder aplicar al arraigo laboral?

Se requiere haber permanecido de manera continuada en España durante al menos dos años.

¿Cuánto tiempo es la duración de la residencia por arraigo laboral?

La autorización de residencia temporal por arraigo laboral tiene una duración inicialmente de un año, posteriormente deberás solicitar su renovación. 

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