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Saltan las alarmas y se investiga la desigualdad: la incesante lucha de la inspección de trabajo

4 de mayo de 2021
4 de mayo de 2021

El compromiso de los poderes públicos por garantizar la igualdad efectiva entre hombres y mujeres en las relaciones laborales, es un asunto que se remonta al pasado. Lo cierto es que, ya en 1951, se aprobó uno de los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo – en adelante OIT-, siendo este el Convenio 100 de la OIT sobre igualdad de remuneración, el cual estipula que los Estados son los encargados de garantizar la aplicación del principio de igualdad de remuneración a todos los trabajadores, por un trabajo de igual valor. Con todo, parece ser que ya desde el Siglo XX, los poderes públicos vienen manifestando su preocupación por proteger uno de los derechos fundamentales recogidos en nuestra Norma Suprema, el derecho a la no discriminación por razón de sexo del artículo 14 de la Constitución española.

Un derecho que perdura en el tiempo

Con todo ello, y, tras la reciente aprobación del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, la Inspección de Trabajo va a reforzar las actuaciones de lucha contra la Brecha Salarial entre hombres y mujeres en España, elevando la vigilancia a las empresas. La novedosa medida entró en vigor el 14 de abril de 2021, fecha a partir de la cual resulta obligatorio para todas las empresas el llevar a cabo un registro retributivo anual de la totalidad de la plantilla, el cual deberá incluir tanto a trabajadores comunes como al personal directivo o altos cargos.

En este aspecto, la actuación de la Autoridad Laboral, resulta esencial y, es por ello por lo que, desde la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ya se ha anunciado el inicio de numerosas actuaciones que pueden dar lugar a infracciones muy graves recogidas en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social – en adelante LISOS-.

La Brecha salarial en España

Todos los estudios estadísticos muestran que la brecha salarial entre hombres y mujeres, lejos de desaparecer o disminuir, persiste. Cierto es que, si accedemos a los datos obtenidos a través de la encuesta de estructura salarial realizada por el Instituto Nacional de Estadísticas – en adelante INE-, la Brecha Salarial en España era de un 21, 4% en el año 2018 -últimos datos publicados-. Asimismo, ya con los datos obtenidos en el año 2016, las mujeres venían ganando 5.800 euros de salario al año menos que los hombres en España, información que salta las alarmas de la inspección y que, con el RD 902/2020 como herramienta, va a aumentar su actuación para comprobar si las diferencias salariales detectadas en las últimas estadísticas realizadas por el INE, tienen justificación o si, por el contrario, procede abrir un acta de infracción a la empresa.

De hecho, el incumplimiento de la normativa en materia de igualdad, puede acarrear para la empresa sanciones que oscilan entre los 6.251 a 187.515 euros, en atención a la negligencia e intencionalidad del empresario, el incumplimiento de advertencias previas y requerimientos de la Inspección, la cifra de negocios de la empresa, el número de trabajadores y el perjuicio causado; cuantía que, tal y como expresaba el tan famoso novelista Miguel de Cervantes, “no deja títere con cabeza”. En este sentido, la Autoridad Laboral juega un papel importante de promoción activa en la tutela del derecho fundamental mediante la incoación de una actuación inspectora, por lo que las empresas, deben prestar especial atención.

 

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