CARTA DE DESPIDO LABORAL
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CARTA DE DESPIDO
Abogados especialistas en cartas de despido
La carta de despido es utilizada por la empresa para comunicar a un trabajador el fin de su contrato laboral. En ella se incluyen todas aquellas causas por las que se produce esa extinción laboral y el empresario se encuentra en la obligación de demostrar que la ha entregado.
Por ello es necesario que esta carta tenga un contenido mínimo para que el trabajador pueda saber el motivo de su despido. Además, las causas por las que un trabajador puede ser despedido son variadas, como recibir una carta de despido por causas organizativas y productivas o por cierre de empresa. La forma de notificar el despido al trabajador es entregándole en mano el documento. En el supuesto que un trabajador se niegue a firmar, tienen que existir testigos que puedan demostrar que se ha producido ese intento de entrega de la carta.
En LABE Abogados contamos con los mejores expertos laboralistas en cartas de despido para empresa. Ponte en contacto con nosotros llamando al 913 14 90 16.
¿Es obligatoria?
Sí, ya que cuando se produce un despido la empresa está en la obligación de entregar al trabajador una carta de despido. Esta obligatoriedad está recogida en el Estatuto de los Trabajadores y si se incumple el despido, este podría ser considerado como improcedente o nulo.
¿Qué tiene que poner en ella?
Tiene que tener una descripción concreta y exacta de los hechos que han motivado el despido del trabajador.
¿Qué pasa si no se firma?
Si no se firma, esto no impedirá el despido, ya que aunque no se firme se podrá impugnar ante un juez. En el caso de que se acuda a juicio, si no se está de acuerdo con el despido se puede firmar como “no conforme”
¿Quién tiene que firmarla?
Debe ir firmada por el empresario o por la persona en la que este delegue o sea debidamente apoderada.
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Abogados laboralistas en Madrid
En el área laboral de toda empresa es importante conocer la manera de operar con una carta de despido. Es un documento importante ya que es la manera por la que se deja constancia de esta decisión empresarial. Sea cual tu situación empresarial, este documento es importante en todos los procesos: carta de despido objetivo, carta de despido disciplinario o carta de despido procedente.
También es conveniente conocer las causas que han motivado ese despido y la normativa de las cartas de despido que están recogidas en el Estatuto de los Trabajadores. Ante cualquier duda que pueda surgir es conveniente contar con un asesor experto en la materia. Contacta con los expertos laborales de LABE Abogados.
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Carta de despido a un trabajador
En el momento que en un empresario quiere finalizar la vinculación laboral con un trabajador, hay que conocer las diversas maneras de proceder con una carta de despido. Esta necesidad se debe a que varía en función del tipo de despido que se haya realizado. En LABE Abogados contamos con los mejores expertos materia de carta de despido para un trabajador. Ponte en contacto con nosotros y gestionaremos toda tu situación laboral sobre las cartas de despido.
Causas de la carta de despido
Las causas de una carta de despido son variadas y estas varían en función de las necesidades de la empresa y de la actuación del trabajador que ha motivado ese despido:
¿Es obligatoria una carta de despido?
Sí, ya que cuando se produce un despido la empresa está en la obligación de entregar al trabajador una carta de despido. Esta obligatoriedad está recogida en el Estatuto de los Trabajadores y si se incumple el despido, este podría ser considerado como improcedente o nulo.
Carta de despido por causas objetivas
Este despido está regulado por el Estatuto de los Trabajadores en el artículo 52. Este despido se debe a causas que se relacionan directamente con el trabajador o por diversas causas como las organizativas, económicas, técnicas o de producción.
Carta de despido por causas económicas
Esta es una de las más frecuentes en un despido, ya que se produce como consecuencia de problemas económicas o por pérdidas económicas o falta de ingresos.
Carta de despido por cierre de empresa
Este el modelo utilizado cuando se quiere formalizar el cese de la relación laboral entre el trabajador y la empresa cuando esta va a cerrar.
Carta de despido voluntario
La carta de baja voluntaria tiene que ser directa y sencilla. Es decir, tiene que contener la información necesaria y básica para comunicar a la empresa el fin de la relación laboral con la misma. No se recomienda caer en el error de exponer los motivos por los que desea el empleado abandonar su puesto o de agradecer a la compañía el tiempo disfrutado en la misma. A continuación, os resolvemos algunas de las principales dudas de nuestros clientes:
¿Es obligatoria una carta de despido?
Sí, ya que cuando se produce un despido la empresa está en la obligación de entregar al trabajador una carta de despido. Esta obligatoriedad está recogida en el Estatuto de los Trabajadores y si se incumple el despido, este podría ser considerado como improcedente o nulo.
¿Cómo hacer una carta de despido voluntario?
Para hacer la carta de baja voluntaria no se debe caer en el error de convertirse esta en un escrito de agradecimiento a la empresa por el tiempo trabajado en la misma o de exposición de los motivos de abandono del puesto, por ello esta debe contener una información básica.
¿Qué debe contener el modelo de baja voluntaria?
La carta de despido voluntaria debe contener los siguientes puntos:
- Fecha de la comunicación de la baja
- Datos de la empresa (Razón social, CIF y dirección)
- Identificación del trabajador, nombre, apellidos y DNI
- Que se exprese de manera clara el deseo de abandonar la empresa.
- No olvides dejar claro el último día que trabajarás para la compañía.
- Se recomienda dejar un espacio para que la empresa firma dejando constancia de que recibe esa carta de despido.
¿Puedo enviar una carta de baja voluntaria por correo, e-mail adjuntado en pdf?
Lo ideal será presentar la carta de baja voluntaria al menos con 15 días de antelación y de manera presencial. Esto es para asegurar que la misma se recibe y queda constancia de ello. Si se da el caso de que no se puede acudir a la misma empresa de manera presencial se podría estudiar el caso para enviarla adjunta por e-mail en pdf u otro formato que aseguren que se ha recibido de manera oficial.
Contamos con los mejores especialistas en cualquier ámbito de los despidos. Ponte en contacto con nosotros y nuestros profesionales solventarán todas tus dudas y necesidades.
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