REDES SOCIALES
En cualquier empresa es necesario que el empresario conozca cuáles son sus obligaciones fiscales respecto a la AEAT modelos y formularios. La función principal de todo asesor es la de cumplimentar liquidaciones tributarias para cualquier empresario. Los modelos tributarios que existen son variados y cada uno responde a unas cuestiones determinadas.
Los modelos de la agencia tributaria más recurrentes, entre otros, son el modelo 720, modelo 232, modelo 347, el modelo 036 o el modelo de autónomos de Hacienda, entre otros muchos. En LABE Abogados contamos con los mejores asesores fiscales en los modelos de la Agencia Tributaria. No dudes ponerte en contacto con nosotros llamando al 913 14 90 16 o visitando nuestra sede en Paseo de la Castellana 30 de Madrid. Te ayudaremos a resolver cualquier tipo de modelo tributario.
¿Qué son los modelos tributarios?
Los modelos tributarios son formularios con los que se comunica a Hacienda una determinada actividad económica. Cada modelo se corresponde con una obligación tributaria diferente y su presentación se tiene que realizar de manera periódica. Estas declaraciones se tienen que realizar de forma periódica o de manera trimestral, en función de cada modelo.
¿Cuáles son los principales modelos tributarios existentes?
Los modelos tributarios que existen son diversos y, entre ellos, destaca el modelo 720, el modelo 036, el modelo 840 o el modelo 111.
Despacho de fiscalistas en Madrid
Toda empresa o autónomo debe cumplimentar de manera correcta los diversos modelos tributarios existentes ante la Agencia Tributaria para dejar así solventadas sus obligaciones fiscales. Uno de las cuestiones más importantes que tiene que conocer todo empresario es saber a qué modelos tiene que hacer frente.
En la AEAT los modelos y formularios son diversos por lo que conocer qué modelo corresponde a cada situación es una de las actividades fundamentales de un asesor fiscal. Si no sabes qué modelos existen o cómo hay que rellenarlos, no dudes en ponerte en contacto con nuestros asesores fiscales expertos en los modelos de la Agencia Tributaria.
Nuestros expertos del departamento fiscal son expertos en los modelos de la Agencia Tributaria, como puede ser el modelo 232, el modelo 840 o el modelo 720. Trabajamos por ti.
Modelo 111 de la AEAT
El modelo 111 es una declaración utilizada por las empresas y autónomos para pagar todas que aquellas retenciones de IRPF de las nóminas de los trabajadores y facturas profesionales. El modelo 111 de la Agencia Tributaria es una declaración obligatoria y a no ser que el IRPF sea cero, casi siempre saldrá a pagar. Al hablar del modelo 111 hay que destacar que es obligatorio presentarlo si un empresario tiene trabajadores con IRPF cero. Sin embargo, no es obligatorio presentarlo existen facturas recibidas de profesionales sin retención del IRPF.
Hay que destacar que existen una serie de retenciones en el modelo 111:
- En los rendimientos de trabajo, como pueden ser finiquitos, nóminas, etc.
- Rendimientos de determinadas actividades económicas, como las actividades forestales y agrícolas, propiedad intelectual, minas, etc.
- Cesión de la imagen
- Premios en participación en juegos, rifas o concursos
¿Cuándo hay que pagar el modelo 111?
Las grandes empresas tienen que presentar el modelo 111 en los primeros 20 días de cada mes y para las medianas empresas los 20 días naturales posteriores a cada trimestre.
¿Con qué datos hay que completar el modelo 111?
El modelo 111 hay que rellenarlo con los siguientes datos:
- Declarante, con una etiqueta identificativa o con los datos fiscales del empresario
- Devengo, formado por el año del ejercicio y el periodo correspondiente
- Liquidación, donde se deben declarar las retenciones que se hayan aplicado
- Ingreso, en el caso de que la casilla [30] sea positivo.
- Negativa, cuando el importe de dicha casilla sea negativo
- Complementaria, en el caso de que esta declaración sea una corrección de una presentada con anterioridad
- Firma, para dar por concluir la declaración
Modelo 720 de la AEAT
El modelo 720 es una declaración informativa sobre los bienes y derechos que se poseen en el extranjero:
- Informar sobres las cuentas financieras situadas en el extranjero
- Informar sobre rentas depositadas, derechos, o seguros que estén gestionados o hayan sido obtenidos en el extranjero
- Informar sobre los derechos y derechos de bienes inmuebles que se sitúen fuera de España
El modelo 720 de la Agencia Tributaria debe ser presentado por todas aquellas personas físicas y jurídicas que residan en territorio español y los establecimientos permanentes en este territorio o entidades no residentes. Sin embargo, hay que destacar que aquellos grupos que no tengan una suma de bienes que supere los 50.000 euros no lo tendrá que informar en el modelo 720
Modelo 840
El modelo 840 es la declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y tiene que ser presentado por las personas físicas y jurídicas que inicien o finalicen una actividad económicas. Es importante destacar que la mayoría de los autónomos están exentos de pagar el impuesto sobre actividades económicas. Esto también le ocurre a las empresas nuevas durante los dos primeros años siempre que su cifra de negocio no supere el millón de euros.
PONTE EN CONTACTO
Estamos a tu disposición
Somos una firma con más de 30 años de experiencia en servicios legales, para particulares, pymes y grandes empresas.
Contamos con un equipo de abogados, consultores y asesores de reconocida trayectoria profesional que estrá a su plena disposición.
Cuéntanos tu caso:
¿Qué opinan nuestros Clientes?
PUEDES ENCONTRARNOS EN