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GESTIÓN INTEGRAL DE LA INNOVACIÓN EMPRESARIAL

ABOGADOS I+D+I

Incentivos fiscales, bonificaciones, ayudas y subvenciones

Desde LABE nos encargamos de la gestión Integral de la Innovación Empresarial, así como de las bonificaciones, ayudas y subvenciones con los que cuenta la administración pública para el impulso de la innovación empresarial.

Las deducciones fiscales por proyectos de Investigación, Desarrollo (I+D) y/o innovación Tecnológica (iT) son uno de los instrumentos utilizados por la Administración General del Estado para fomentar la I+D+i empresarial, vía reducción de impuestos. Su destinatario son los sujetos pasivos de dicho impuesto.

Las ayudas y subvenciones públicas, suponen una muy buena alternativa para la financiación empresarial. Contando con distintas modalidades de participación, conceptos financiables y sectores a los que van dirigidas, esta herramienta se posiciona como base para el crecimiento empresarial, el incremento de la competitividad y la creación de nuevos proyectos en I+D+i.

I+D
  • 42% sobre la parte de los gastos de I+D que exceda la media de los 2 años anteriores.
  • 25% sobre la parte que no excede.
GESTIÓN INTEGRAL DE AYUDAS Y SUBVENCIONES

Desde LABE ofrecemos un plan de Gestión Integral de Gestión de Ayudas y Subvenciones que engloba todas las fases del proceso:

  • Identificación
  • Evaluación
  • Gestión
  • Seguimiento
  • Justificación

Las ayudas a la I+D+i son aquellas que en estos momentos tienen el mayor respaldo institucional y las condiciones más ventajosas.

El fin que se persigue es evitar el riesgo que supone emprender un proyecto de I+D, cuyo éxito puede ser incierto, y que dicho proyecto se va amortiguado por medio de canales ventajosos de financiación privilegiada.

Por la ejecución de un plan de I+D o innovación es factible recibir deducciones fiscales aplicables sobre la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades.

DEDUCCIONES FISCALES POR I+D+i

El sistema español de deducciones fiscales por I+D+i es de los más favorables del mundo, pudiendo alcanzar hasta un 42% de los gastos directos. Frente a otros incentivos a la I+D+i, las deducciones fiscales presentan las siguientes ventajas:

  • Tienen unos efectos económicos equiparables a los de la subvención, pero no tributan.
  • La aplicación es libre (todo tipo de áreas de conocimiento y volúmenes de gasto), y general (para todas las empresas, sea cual fuere su CNAE o tamaño).
  • Las deducciones no están sometidas a concurrencia competitiva con un presupuesto predefinido; las genera cada empresa, cuando realizan actividades de I+D y/o iT, de acuerdo con las definiciones establecidas en la Ley del Impuesto de Sociedades.
  • La generación de la deducción fiscal es proporcional a las actividades de I+D+i desarrolladas, y se aplica en la liquidación anual del impuesto de sociedades, hasta cierto límite de cuota. No obstante, la deducción generada pero no aplicada puede aplicarse en ejercicios posteriores, e incluso existe un supuesto de adelanto monetario de la deducción pendiente de aplicar.

Se genera deducción por las siguientes causas:

  • Gastos asociados al proyecto (personal, amortizaciones, materiales fungibles, colaboraciones externas, y otros), siempre que cumplan las siguientes condiciones:
    • Gastos directos,
    • Individualizados por proyectos y
    • Aplicados de forma efectiva al proyecto. El porcentaje de deducción sobre gastos dependerá de la calificación científico-tecnológica:
      1. 25% en caso de I+D (plus 17% más en partida personal investigador con dedicación exclusiva I+D)
      2. 12% en caso de innovación tecnológica
  • Incremento gasto anual total en proyectos I+D respecto a la media de años anteriores. En el caso de que los gastos efectuados en la realización de actividades de I+D en el periodo impositivo sean mayores que la media de los efectuados en los dos años anteriores, se aplicará el porcentaje establecido en el párrafo anterior (25%) hasta dicha media, y el 42% sobre el exceso respecto de la misma.
  • Inversión en inmovilizado material e intangible (excluidos inmuebles y terrenos): siempre que estén afectos exclusivamente a actividades de I+D. La deducción por estas inversiones será un 8%.
BONIFICACIONES POR PERSONAL INVESTIGADOR

Las Bonificaciones en la cuota empresarial de la cotización a la Seguridad Social por personal investigador adscrito en exclusiva a actividades de I+D+i. Se trata de un incentivo no tributario, ligado a la contratación y al mantenimiento del empleo con dedicación exclusiva a actividades de I+D+i. Sus destinatarios son los sujetos pasivos del impuesto de sociedades (se incluyen los parcialmente exentos).

Este incentivo ha sido desarrollado reglamentariamente en el Real Decreto 475/2014, de 13 de junio, sobre bonificaciones en la cotización la Seguridad Social del personal investigador.

Los aspectos más destacables del RD 475/2014 son los siguientes:

  • Se establece una bonificación del 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social para el personal investigador
  • Son objeto de estos incentivos los trabajadores incluidos en los grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social que tengan dedicación exclusiva durante todo su tiempo de trabajo a la I+D+i (según se define en artículo 35 Ley Impuesto Sociedades)
  • Se establece una plena compatibilidad de esta bonificación con las deducciones fiscales por I+D+i en el caso de “pymes innovadoras”; en el resto de organizaciones, puede existir esta compatibilidad siempre que no se apliquen ambos incentivos sobre el mismo investigador
  • Aquellas entidades que apliquen la bonificación en las cuotas de diez o más investigadores deberán aportar un informe motivado vinculante, emitido por el Ministerio
PATENT BOX

Las rentas positivas procedentes de la cesión del derecho de uso o de explotación de patentes, modelos de utilidad, certificados complementarios de protección de medicamentos y de productos fitosanitarios, dibujos y modelos legalmente protegidos, que deriven de actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, y software avanzado registrado que derive de actividades de investigación y desarrollo, tendrán derecho a una reducción en la base imponible en hasta un 60%.

La reducción prevista en este apartado también resultará de aplicación a las rentas positivas procedentes de la transmisión de los activos intangibles referidos en el mismo, cuando dicha transmisión se realice entre entidades que no tengan la condición de vinculadas.

HORIZON 2020: FINANCIACIÓN EUROPEA

Desde LABE trabajamos con Empresas e Instituciones para lograr una exitosa participación en H2020. Para ello, ofrecemos nuestros servicios en los siguientes tres estadios independientemente:

  • Identificación
  • Evaluación
  • Gestión
  • Seguimiento
  • Justificación

¿Qué es?

Es el programa que financia proyectos de investigación e innovación de diversas áreas temáticas en el contexto europeo, contando con casi 80.000M€ para el periodo 2014-2020.

Investigadores, empresas, centros tecnológicos y entidades públicas tienen cabida en este programa.

Compras públicas innovadoras (CPI)

La Compra Pública de Innovación (CPI) es una actuación administrativa de fomento de la innovación orientada a potenciar el desarrollo de nuevos mercados innovadores desde el lado de la demanda, a través del instrumento de la contratación pública.

Desde LABE trabajamos desde el lado de las empresas que compiten en las licitaciones ayudándolas en el juego competitivo a participar y presentar ofertas innovadoras en los procedimientos de contratación. Realizamos todos los trabajos, consultas, preparación de documentación y seguimiento necesarios para lograr el éxito del proyecto. Si necesitas solventar cualquier necesidad sobre la gestión Integral de la Innovación Empresarial, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

COMPRA PÚBLICA PRECOMERCIAL CPP

La Compra Pública de Innovación (CPI) persigue los siguientes objetivos:

  • La mejora de los servicios públicos mediante la incorporación de bienes o servicios innovadores.
  • El fomento de la innovación empresarial
  • El impulso a la internacionalización de la innovación empleando el mercado público local como cliente de lanzamiento o referencia.

Es una contratación de servicios de I+D remunerada íntegramente por el órgano de contratación, en los que el comprador público no se reserva los resultados de la I+D para su propio uso en exclusiva sino que comparte con las empresas los riesgos y los beneficios de la I+D necesaria para desarrollar soluciones innovadoras que superen las que hay disponibles en el merca

COMPRA PÚBLICA DE TECNOLOGÍA INNOVADORA (CPTI)

La Compra Pública de Innovación se materializa en dos instrumentos:

  • Compra Pública Precomercial (CPP)
  • Compra Pública de Tecnología Innovadora (CPTi)

Consiste en la compra pública de un bien o servicio que no existe en el momento de la compra pero que puede desarrollarse en un período de tiempo razonable. Dicha compra requiere el desarrollo de tecnología nueva o mejorada para poder cumplir con los requisitos demandados por el comprador.

Innovación de la empresa y optimización de costes

Desde LABE trabajamos para dar soluciones en el ámbito de la gestión Integral de la Innovación Empresarial. Además, también nos encargamos de liderar la Innovación en las Empresa, tanto fomentando la cultura innovadora y formación en la empresa, identificando posibilidades de subvención o ayudas, como identificando posibilidades de colaboración y licitación con el sector público.

También contamos con las herramientas necesarias para realizar un incremento en la rentabilidad de la Empresa aplicando la Optimización de Costes y Selección de Proveedores.

CAUSAS DE LA DEDUCCIÓN
  • Gastos asociados al proyecto (personal, amortizaciones, materiales fungibles, colaboraciones externas, y otros), siempre que cumplan las siguientes condiciones:
    • Gastos directos,
    • Individualizados por proyectos y
    • Aplicados de forma efectiva al proyecto. El porcentaje de deducción sobre gastos dependerá de la calificación científico-tecnológica:
      • 25% en caso de I+D (plus 17% más en partida personal investigador con dedicación exclusiva I+D)
      • 12% en caso de innovación tecnológica
  • Incremento gasto anual total en proyectos I+D respecto a la media de años anteriores. En el caso de que los gastos efectuados en la realización de actividades de I+D en el periodo impositivo sean mayores que la media de los efectuados en los dos años anteriores, se aplicará el porcentaje establecido en el párrafo anterior (25%) hasta dicha media, y el 42% sobre el exceso respecto de la misma.
  • Inversión en inmovilizado material e intangible (excluidos inmuebles y terrenos): siempre que estén afectos exclusivamente a actividades de I+D. La deducción por estas inversiones será un 8%.
FASES
  1. Identificación
  2. Evaluación
  3. Gestión
  4. Seguimiento
  5. Justificación

Colaboración con el sector público

En LABE trabajamos con las distintas Administraciones Públicas en el diseño, implementación y dinamización de políticas públicas, así como en la formulación de estrategias vinculadas con el impulso de la innovación.

Buscamos soluciones en el Sector Público de forma bidireccional tanto desde la Administración a la Empresa como desde la Empresa a la Administración.

Trabajamos en la búsqueda y creación de sinergias que permitan la innovación del Sector Público implicando al mundo empresarial. Identificamos necesidades y damos soluciones.

Creemos firmemente en que la Colaboración Público-Privada es un recurso importantísimo a desarrollar que está dando sus frutos y que conseguirá alcanzar altas cotas de consolidación ante los nuevos retos que afronta la Administración Pública.

Ayudas I+D+i

Las ayudas a la I+D+i son aquellas que en estos momentos tienen el mayor respaldo institucional y las condiciones más ventajosas. En LABE Abogados somos expertos en la gestión Integral de la Innovación Empresarial. El fin que se persigue es evitar el riesgo que supone emprender un proyecto de I+D, cuyo éxito puede ser incierto, y que dicho proyecto se va amortiguado por medio de canales ventajosos de financiación privilegiada.

Por la ejecución de un plan de I+D o innovación es factible recibir deducciones fiscales aplicables sobre la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades. Contamos con los mejores expertos en gestión Integral de la Innovación Empresarial

ABOGADOS MADRID

Contacta con nosotros, estamos a tu disposición

En LABE Abogados contamos con más de 30 años de experiencia en servicios legales para particulares, pymes y grandes empresas. Ponemos a tu disposición un equipo de abogados, consultores y asesores de reconocida trayectoria profesional que estarán a tu plena disposición para prestarte asesoramiento completo en todo lo que precises. Te informaremos de todos tus derechos y obligaciones, aconsejándote sobre la forma más adecuada de proceder en cada caso. Puedes ponerte en contacto con nosotros en nuestra oficina de Madrid (Paseo de la Castellana 89) o llamarnos por teléfono y te pondremos en contacto con uno de nuestros asesores especialistas en el número 913 14 90 16 en horario de 9 a 19h.

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