El Anteproyecto de Ley de Movilidad Sostenible se ha publicado el 1 de marzo de 2022, mediante el cual se obliga a las empresas que tengan más de 500 trabajadores o un total de 250 por turno, a llevar a cabo un plan de transporte sostenible al trabajo, es decir, medidas impulsadas por la dirección de la empresa con el fin de racionalizar los desplazamientos hasta el lugar donde se desarrolla la actividad.
Cabe indicar, que estos planes de transporte sostenible son negociados con los representantes legales de los empleados e incentivarán la movilidad activa, el transporte colectivo, la movilidad eléctrica y la movilidad compartida.
Además, este anteproyecto prevé un seguimiento y evaluación constante de movilidad para medir su nivel de implantación y resultados.
Por otro lado, en los casos en los que los centros de trabajo cuenten con más de 1.000 empleados que se encuentren en localidades o áreas metropolitanas de 500.000 habitantes, las empresas deben añadir medidas que impliquen una reducción de la movilidad de sus trabajadores en horas punta y promover los vehículos que tengan bajas o nulas emisiones de contaminación.
Por ende, y según explican desde el propio portal web del gobierno, con esta ley se pretende que tanto los ciudadanos como las empresas disfruten de un sistema de movilidad sostenible con el fin de conseguir una mayor cohesión social y territorial, para de este modo poder contribuir a un desarrollo económico resiliente y conseguir reducir los gases de efecto invernadero.
Todo ello, a un coste razonable para el usuario y la sociedad en general. Además de, según indican desde el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana:
- “Dotar a las administraciones públicas de los instrumentos necesarios para la implantación y desarrollo de este sistema integrado de movilidad.”
- “Fortalecer los mecanismos de coordinación, cooperación y transparencia en el diseño y gestión de las políticas públicas de infraestructuras, transporte y movilidad.”
- “Establecer un modelo de participación de la Administración General del Estado en la financiación del transporte urbano que se rija por los principios de igualdad, estabilidad, certidumbre y proporcionalidad.”
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