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ABOGADOS VIOLENCIA DE GÉNERO

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ABOGADOS VIOLENCIA DE GÉNERO 

Abogados expertos en violencia de género en Madrid

A lo largo de nuestra trayectoria en LABE Abogados, hemos tenido la responsabilidad de representar a numerosas víctimas en casos de violencia de género. Hemos observado que, si bien muchos pueden compartir similitudes, cada caso es singular, con sus propias circunstancias, desafíos y matices. Esta diversidad de situaciones nos ha enseñado la importancia de ofrecer una atención individualizada y especializada.

La complejidad y la delicadeza con la que se deben abordar estos casos hacen imperativo que la representación legal no sólo tenga experiencia, sino también una formación y sensibilidad específicas en la materia. Por ello, en LABE Abogados, nos aseguramos de que cada víctima esté respaldada por un abogado penalista específicamente seleccionado para su caso particular, comprometido con una defensa justa y robusta.

DESPACHO DE ABOGADOS ESPECIALISTAS EN VIOLENCIA DE GÉNERO

Características principales de la violencia de género

Es frecuente que la violencia de género se inicie con la acumulación de una serie de tensiones que terminen en una violencia física o psíquica en todas sus formas. De tal manera que el bienestar de la victima se vea afectado en:

  • Sus derechos esenciales de libertad, poder de decisión e incluso intimidad.
  • Su independencia económica debido al predominante control de su pareja.
  • Cualquier tipo de comportamiento del agresor que coarte la libertad de la mujer.

Con el fin de asegurar que es un caso de violencia de género se van a tener en cuenta algunos parámetros, entre los que pueden influir los siguientes:

  • Que dicha relación esté en conocimiento de familiares y personas del entorno de ambas partes.
  • El tiempo que haya durado la relación, así como la frecuencia entre sus encuentros.
  • La existencia de relaciones sexuales, que no tiene por qué constituir un indicio definitorio, pero sí puede ser tenido en cuenta por el caso.

Los anteriores son solo algunos parámetros de ejemplo, pero en cada caso particular pueden entrar en juego diversos factores que determinen la investigación hacia un lado u otro. Lo mejor es contar con el mejor asesoramiento posible y con un abogado especializado en casos de violencia de género.

¿Qué es la violencia de genero?

La violencia de género se refiere a actos violentos dirigidos contra una persona debido a su género, siendo resultado de relaciones de poder desiguales entre hombres y mujeres.

Afecta principalmente a mujeres y niñas, pero también puede impactar a otros grupos. Esta violencia puede ser física, sexual o psicológica, y es reconocida como una grave violación de los derechos humanos a nivel mundial.

¿Qué es la violencia de genero?

La violencia de género se refiere a actos violentos dirigidos contra una persona debido a su género, siendo resultado de relaciones de poder desiguales entre hombres y mujeres.

Afecta principalmente a mujeres y niñas, pero también puede impactar a otros grupos. Esta violencia puede ser física, sexual o psicológica, y es reconocida como una grave violación de los derechos humanos a nivel mundial.

¿Cómo se acredita la condición de víctima de violencia de género?

La condición de víctima de violencia de género se puede acreditar de diversas formas:

  • Sentencia condenatoria: Si un tribunal condena al agresor por un delito de violencia de género, la víctima obtiene automáticamente esta condición.
  • Medidas cautelares: En casos donde el proceso judicial aún está en curso, la adopción de medidas cautelares en favor de la víctima también puede servir como acreditación.
  • Orden de protección: Si se otorga una orden de protección a favor de la presunta víctima, este documento es una prueba válida.
  • Informe del Ministerio Fiscal: Indicando que existen indicios de que la demandante es víctima de violencia de género.
  • Certificados o informes de servicios sociales, servicios especializados, o servicios de acogida: Estos informes pueden acreditar la situación de violencia de género.
  • Certificados de los servicios de salud o informes médicos: Si se han realizado tratamientos o intervenciones médicas relacionadas con la violencia sufrida.

Es esencial que cualquier persona que crea ser víctima de violencia de género busque apoyo legal y de otros servicios especializados para proteger sus derechos y su integridad física y emocional.

¿Cuándo se pierde la condición de víctima de violencia de género?

La condición de víctima de violencia de género no se “pierde” en un sentido literal, ya que las experiencias y daños sufridos por la persona afectada persisten independientemente de las circunstancias legales. Sin embargo, desde un punto de vista jurídico, la condición puede verse afectada si, por ejemplo, una sentencia judicial determina que no hubo violencia de género o si los cargos son retirados.

También es importante señalar que algunas medidas de protección o apoyo pueden tener un periodo de vigencia específico, tras el cual se debe reevaluar la situación de la víctima

-ABOGADOS VIOLENCIA DE GÉNERO MADRID-

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ABOGADOS DEFENSORES DE VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

Defensa inmediata en violencia de género

Previamente al inicio del trámite ante la justicia es necesario presentar una declaración ante de la Policía que sea contundente y clara, lo mejor es que esta misma esté supervisada por un abogado especializado en violencia de género con el fin de facilitar todo el proceso posterior para la víctima.

Nuestro equipo de abogados penalistas establecido en Madrid cuenta con una experiencia de años en este ámbito y conoce qué aspectos son los más influyentes a la hora de realizar una declaración de carácter judicial.

Para contar con una defensa equilibrada y que se ajuste a la magnitud del problema, desde LABE Abogados contamos siempre con las últimas actualizaciones en cuanto a las Reformas existentes en la Ley de Violencia de Género.

Cada uno de los procedimientos penales necesarios en la cadena se deben realizar con sumo cuidado con el fin de obtener los mejores resultados para nuestro cliente y conseguir la mejor de las defensas con nuestros abogados expertos en defensa de  víctimas de maltrato por violencia de género.

ABOGADOS EXPERTOS EN ORDENES DE ALEJAMIENTO

Medidas cautelares por violencia de género: Orden de alejamiento

Esta medida se considera como una medida cautelar impuesta por el Juez y que consiste en privar de ciertas libertades al agresor como residir, visitar o acudir a un lugar específico, sea este donde se ha cometido el delito o aquel en el que resida la víctima. Del mismo modo, se prohíbe el acercamiento o la comunicación con su víctima a través de cualquier medio.

Cómo quitar una orden de alejamiento

Quitar o eliminar una orden de alejamiento impuesta es una tarea que tiene sus dificultades puesto que es una orden estrictamente judicial que recae sobre un juez.

Con este fin, dicha víctima tendrá que ser presentada ante los juzgados de violencia de género en donde se tramitará la causa y se presentará un escrito manifestando en el que se plasmará que ya no se quiere continuar con dicha orden de alejamiento.

Nuestro equipo de abogados especialistas en violencia de género te ayudará en este caso en concreto. Ellos se encargan de realizar todo el proceso necesario para la poder eliminar esa orden de alejamiento correspondiente. Aunque es un proceso difícil, se podrán dialogar diferentes soluciones para abordarlo.

Cabe recordar que existe una variada jurisprudencia del Tribunal Supremo que admite este tipo de recursos, aunque dependiendo del caso el Juez puede pedir que se suspenda dicha orden. 

Cómo poner una orden de alejamiento

Para poner una orden de alejamiento se necesita que la víctima haya puesto una denuncia previa y que exista un delito. El delito tiene que ser demostrado con las pruebas suficientes y necesarias para alegar que la víctima se encuentra en una situación de sumo peligro.

En caso de que el juez considere que las pruebas son suficientes y que sí existen unos claros indicios, se podrá proceder a la imposición de dicha orden de alejamiento. Esta se hará en la audiencia especial tipificada correspondiente.

Se recuerda que lo más recomendable es acudir primero a un abogado de violencia de género para que nos asesore y se encargue de gestionar toda la documentación necesaria que requiere el proceso.

En caso de que existan niños de por medio y que sean hijos comunes se podrían incluso tomar medidas civiles provisionales como la gestión de custodia, patria potestad, pensión alimenticia, compensatoria, así como la atribución del domicilio conyugal.

PREGUNTAS FRECUENTES ABOGADOS VIOLENCIA DE GÉNERO

Preguntas frecuentes violencia de género

Requisitos para poner orden de alejamiento

Para poner en marcha una orden de alejamiento se necesitan cumplir una serie de requisitos previos:

  • Es necesario demostrar que la vida de la víctima está en peligro o existe cierto riesgo de recibir algún tipo de daño.
  • Se debe acreditar que existe cierto riesgo tanto para la seguridad como para la salud física o psíquica de la víctima.
  • Cuando existen pruebas claras o indicios evidentes de que los hechos se han producido de esa manera tal y como relata la víctima.

Requisitos para poner orden de alejamiento
Para poner en marcha una orden de alejamiento se necesitan cumplir una serie de requisitos previos:

  • Es necesario demostrar que la vida de la víctima está en peligro o existe cierto riesgo de recibir algún tipo de daño.
  • Se debe acreditar que existe cierto riesgo tanto para la seguridad como para la salud física o psíquica de la víctima.
  • Cuando existen pruebas claras o indicios evidentes de que los hechos se han producido de esa manera tal y como relata la víctima.

¿Qué ocurre si se quebranta una orden de alejamiento?

Si al agresor se le ocurre quebrantar la orden de alejamiento, la víctima podrá contactar con la policía y se procederá a la detención inmediata del agresor. Si el agresor se acerca a la víctima, no saldrá impugne y se le sancionará por lo debido ya que está cometiendo un nuevo delito. Por este delito, el agresor podrá enfrentarse a una pena de prisión a una multa.

¿Cómo se debe actuar en caso de visitas con una orden de alejamiento?

En el caso de que haya hijos menores de edad de por medio, en común y que cuyo régimen de visitas se le haya otorgado al padre/madre agresor y el mismo disponga de una orden de alejamiento, se deberá entregar al madre o padre del menor o viceversa en caso de que se tenga una orden de alejamiento y esta sea incumplida.

¿Cómo se debe actuar en caso de visitas con una orden de alejamiento?

En el caso de que haya hijos menores de edad de por medio, en común y que cuyo régimen de visitas se le haya otorgado al padre/madre agresor y el mismo disponga de una orden de alejamiento, se deberá entregar al madre o padre del menor o viceversa en caso de que se tenga una orden de alejamiento y esta sea incumplida.

Jurisprudencia sobre la orden de alejamiento

La regulación de la orden de alejamiento está plasmada en la Sección 3 del Capítulo Primero del Título III del Código Penal. Asimismo, el artículo 39.g) reconoce dicha orden de alejamiento como una pena privativa de derechos.

Por otro lado, el artículo 48 del Código Penal regula la medida con los consiguientes supuestos:

  1. La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos impide al penado residir o acudir al lugar en que haya cometido el delito, o a aquel en que resida la víctima o su familia, si fueren distintos. En los casos en que exista declarada una discapacidad intelectual o una discapacidad que tenga su origen en un trastorno mental, se estudiará el caso concreto a fin de resolver teniendo presentes los bienes jurídicos a proteger y el interés superior de la persona con discapacidad que, en su caso, habrá de contar con los medios de acompañamiento y apoyo precisos para el cumplimiento de la medida.
  2. La prohibición de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, impide al penado acercarse a ellos, en cualquier lugar donde se encuentren, así como acercarse a su domicilio, a sus lugares de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por ellos, quedando en suspenso, respecto de los hijos, el régimen de visitas, comunicación y estancia que, en su caso, se hubiere reconocido en sentencia civil hasta el total cumplimiento de esta pena.
  3. La prohibición de comunicarse con la víctima, o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, impide al penado establecer con ellas, por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual.
  4. El juez o tribunal podrá acordar que el control de estas medidas se realice a través de aquellos medios electrónicos que lo permitan.

MEJORES ABOGADOS EN VIOLENCIA DE GÉNERO

¿Qué condiciones deben darse para considerar a una persona víctima de violencia de género?

Las condiciones que deben darse para considerar a una persona víctima de violencia de género deben quedar plasmadas a través del título habilitante que se le otorgue esa persona según lo reconocido en el artículo 31 de la ley.

Para ello, pueden darse dos opciones principales:

Si se ha presentado una denuncia

  • Que haya una sentencia condenatoria por violencia de género, a pesar de que no sea firme.

 

  • Que exista una resolución judicial en la que se deduzca que la mujer haya sido víctima de violencia de género.

 

  • Que haya una orden de protección o medida cautelar vigente, a favor de la víctima de violencia de género.

 

  • Un informe del Ministerio Fiscal en el que se incluya la existencia de indicios de que la solicitante es una víctima de violencia de género.

 

  • La existencia de un atestado elaborado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que han presenciado alguna manifestación por violencia de género.

Si no se ha presentado una denuncia

  • Que exista una resolución administrativa por acoso sexual o acoso pro razón del sexo.

 

  • Un informe técnico que acredite la condición de víctima de violencia de género elaborado por los distintos servicios sociales y redes de la Administración Pública autonómica y local, así como los servicios municipales de atención integral a mujeres víctimas de la violencia de género. Dicho informe técnico, así como la resolución administrativa correspondiente será vinculante para la Dirección General de la Mujer, la cual los tendrá que validar y supondrá un acceso inmediato al título habilitante de victima de violencia de género.

 

  • Los diferentes informes técnicos motivados, elevado a la Dirección General de la Mujer, por el personal de la Administración pública que desempeñe su trabajo como profesional sanitario, educativo, de salud mental o cualquier otro que se establezca reglamentariamente, en los que se proponga que se conceda a la mujer la condición de víctima de violencia de género.

ABOGADOS PENALISTAS EN MADRID

¿Necesitas un abogado con experiencia en casos de violencia de género en Madrid?

En LABE abogados, llevamos todo tipo de casos de maltrato y violencia de género. Nuestro equipo de abogados penales estará a su disposición desde el primer momento que se inicia el procedimiento hasta que se cierra el caso. No dude en ponerse en contacto con nosotros y acabe con su sufrimiento.

ABOGADOS EXPERTOS EN VIOLENCIA DOMESTICA

Diferencias entre violencia doméstica y violencia de género

La violencia doméstica y la violencia de género, a pesar de que muchas veces se intenten utilizar de manera indistinta y aunque estén relacionados, son términos diferentes. La violencia de género implica una agresión o abuso de una mujer, normalmente con la que se ha tenido una relación cercana o de pareja.

Sin embargo, en lo que se refiere a la violencia doméstica, cualquier persona o familiar con un vínculo afectivo con el agresor puede sufrir malos tratos. En este se refiere a padres, hijos, hermanos, abuelos, etc… Este tipo de violencia se lleva a cabo dentro del ámbito doméstico, es decir, en el domicilio, y puede darse sobre niño o cualquier familiar que resida en él.

¿Quién puede poner una denuncia por violencia de género?
Toda mujer que haya pasado por un episodio de violencia de género o sufra violencia de género puede denunciar dicha situación a la policía y contactar previamente con un abogado que le indique el mejor procedimiento a seguir para realizar todo el proceso de la manera más conveniente posible para ella.

Una vez interpuesta la denuncia lo más posible es que la policía se persone en la vivienda del supuesto agresor con el fin de arrestarlo y que este pase la noche en un calabozo hasta que se celebre la vista del juicio rápido. Esta vista se celebrará en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Madrid en la calle Julián Camarillo, 1.

¿Se puede denunciar la violencia doméstica?

Sí, la violencia doméstica también es un tipo de violencia que se puede denunciar y que recomendamos hacerlo. Para proceder a su denuncia, se recomienda acudir a una comisaría de la policía de la Comunidad correspondiente en la que se pedirán todos los datos pertinentes con el fin de interponer la denuncia.

¿Qué puedo hacer si considero que estoy sufriendo violencia doméstica o intrafamiliar?

En este caso, lo mejor es contactar de manera inmediata con la policía para que el agresor o los agresores puedan ser detenidos cuanto antes. Tanto si se está en peligro como no, se recomienda denunciar cuanto antes en un teléfono de ayuda como a la policía e incluso si es necesario recibir atención médica.

¿Qué sanciones tienen las amenazas leves para los casos de violencia doméstica??
  • Pena de 3 meses a 1 año de prisión o, trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 180 días.
  • En todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 6 meses a 3 años.
  • Se impondrá la pena en su mitad superior cuando el delito se cometa en presencia de menores, o tenga lugar en el domicilio común o de la víctima, o se realice quebrantando una pena o una medida cautelar.
  • El resto de amenazas leves en casos de violencia doméstica: localización permanente de 5 a 30 días, en domicilio diferente y alejado del de la víctima o trabajos en beneficio de la comunidad de 5 a 30 días o Multa de 1 a 4 meses.

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Me han denunciado por maltrato y es falso

Esta es una situación angustiante que algunos individuos enfrentan y que puede tener graves repercusiones personales y legales. En el marco de la lucha contra la violencia de género, es esencial que las verdaderas víctimas reciban todo el amparo y la protección necesarias. Sin embargo, en ocasiones, pueden surgir denuncias que no se corresponden con la realidad.

Ante una denuncia falsa, es fundamental actuar con rapidez y contar con una adecuada representación legal. Nuestros abogados especializados en violencia de género pueden ayudar a desmontar la acusación, aportando pruebas y testigos que desvirtúen la denuncia. Es importante conservar cualquier evidencia que pueda demostrar la inexactitud de la acusación, como mensajes, correos electrónicos o testimonios.

Además, la ley española contempla sanciones para quienes formulen denuncias o acusaciones falsas, por lo que, si se demuestra la falsedad, el denunciante podría enfrentar consecuencias legales. En cualquier caso, es esencial mantener la calma y actuar siempre dentro del marco legal.

¿Quién puede poner una denuncia por violencia de género?
Toda mujer que haya pasado por un episodio de violencia de género o sufra violencia de género puede denunciar dicha situación a la policía y contactar previamente con un abogado que le indique el mejor procedimiento a seguir para realizar todo el proceso de la manera más conveniente posible para ella.

Una vez interpuesta la denuncia lo más posible es que la policía se persone en la vivienda del supuesto agresor con el fin de arrestarlo y que este pase la noche en un calabozo hasta que se celebre la vista del juicio rápido. Esta vista se celebrará en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Madrid en la calle Julián Camarillo, 1.

¿Qué sanciones me pueden poner por una denuncia falsa?

En caso de que la justicia demuestre que dicha denuncia por maltrato sea falsa, esta se castigará mediante el Código Penal con una multa y en los casos más grave en los que se considere un delito incluso podría multarse a la persona con una pena de cárcel.

Las denuncias falsas deben ser tratarse siempre, al igual que el resto de denuncias que no deben quedar impunes ante la ley. Cabe recordar, que solamente un 0.4% de las denuncias interpuestas actualmente en España son falsas.

Las sanciones por denuncia falsa pueden variar según lo siguiente:

  • Delito leve: multa de 3 a 6 meses
  • Delito menos grave: multa de entre 12 y 24 meses.
  • Delito grave: pena de prisión de entre 6 a 12 meses de prisión

Además, se podrá imponer una multa de 12 y 24 meses de acuerdo a su situación económica.

Cabe recodar, que en el Código Penal se castiga con una multa generalmente la denuncia falsa y en caso de los falsos testimonios se castiga con un mínimo de un año de cárcel y un máximo de tres.

¿Cómo actuar ante una denuncia falsa?

¿Qué debo hacer ante una denuncia falsa? Pues bien, lo mejor es la prevención, es decir, siempre y cuando sea posible tener un móvil a mano que nos permita grabar la situación o capturar aquello que se está viviendo con el fin de presentarlo ante el juez y que quede constancia de la inocencia.

Si en su caso se encuentra totalmente desprevenido ante la denuncia por violencia de género, lo mejor será que contacte cuanto antes con un abogado especialista en la materia para proceder a solventar el problema de inmediato.

¿Cómo defenderse ante una denuncia falsa?

Lo más adecuado en estos supuestos será contar con la experiencia de abogados violencia de género en Madrid que se puedan encargar de brindarte la ayuda y asesoramiento que puedas precisar, tanto antes como después de interponer una demanda por denuncia falsa. El asesoramiento es clave para seguir los pasos y consejos adecuados en todo momento.

En caso de detención por la policía ante una denuncia falsa se debe recordar que todos los derechos del detenido se encuentran regulados en el artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, Real Decreto Legislativo de 14 de septiembre de 1882.

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Amenazas verbales sobre la mujer

El delito de amenazas se resume en la acción o expresión con la que se anticipa la pretensión de hacer daño o poner en peligro a otra persona. Este delito está regulado y tipificado en el Código Penal, concretamente en los artículos 169 al 171.

En este tipo de delitos el agresor busca provocar el miedo a la víctima y hacerle daño con el objetivo de que la misma cumpla sus deseos.

¿Quién puede poner una denuncia por violencia de género?
Toda mujer que haya pasado por un episodio de violencia de género o sufra violencia de género puede denunciar dicha situación a la policía y contactar previamente con un abogado que le indique el mejor procedimiento a seguir para realizar todo el proceso de la manera más conveniente posible para ella.

Una vez interpuesta la denuncia lo más posible es que la policía se persone en la vivienda del supuesto agresor con el fin de arrestarlo y que este pase la noche en un calabozo hasta que se celebre la vista del juicio rápido. Esta vista se celebrará en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Madrid en la calle Julián Camarillo, 1.

¿Qué sanciones tienen las amenazas de violencia sobre la mujer?

En caso de amenaza por violencia sobre la mujer, las penas se pueden resumir en:

  • Penas de prisión de 6 meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 180 días.
  • En todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 1 año y un día a 3 años.
  • Cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado por interés de un menor o discapacitado que conviva con la víctima: Pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta 5 años.
  • Se impondrá la pena en su mitad superior cuando el delito se cometa en presencia de menores, o tenga lugar en el domicilio común o de la víctima, o se realice quebrantando una pena o una medida cautelar.

¿Qué hacer ante las amenazas verbales?

Ante cualquier amenaza, ya sea de muerte o no, será conveniente dirigirse de inmediato a la comisaría más cercana para poder interponer la correspondiente denuncia al agresor que ha lanzado tales amenazas.

Por otro lado, lo mejor es contar con un abogado especializado en derecho penal que sepa como gestionar y asesorar todos los trámites procesales necesarios para evitar que se impida en todo caso una amenaza.

Contacta con nosotros, estamos a tu disposición

En LABE Abogados contamos con más de 30 años de experiencia en servicios legales para particulares, pymes y grandes empresas. Ponemos a tu disposición un equipo de abogados, consultores y asesores de reconocida trayectoria profesional que estarán a tu plena disposición para prestarte asesoramiento completo en todo lo que precises. Te informaremos de todos tus derechos y obligaciones, aconsejándote sobre la forma más adecuada de proceder en cada caso. Puedes ponerte en contacto con nosotros en nuestra oficina de Madrid (Paseo de la Castellana 89) o llamarnos por teléfono y te pondremos en contacto con uno de nuestros asesores especialistas en el número 913 14 90 16 en horario de 9 a 19h.

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