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SOCIEDAD PATRIMONIAL

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ABOGADOS SOCIEDAD PATRIMONIAL

Abogados especializados en sociedades patrimoniales

En LABE contamos con un equipo de profesionales especializados dedicados a asesorar en materia contable y fiscal a su sociedad patrimonial.

La sociedad patrimonial es un tipo de persona jurídica que por sus características puede ser muy interesante para determinados autónomos, empresarios o incluso familias que quieran gestionar su patrimonio.

La sociedad patrimonial se define en el artículo 5, apartado 2, de la Ley del Impuesto sobre Sociedades como una entidad patrimonial en la que más de la mitad de su activo esté constituido por valores o no realice una actividad económica

Una sociedad patrimonial no realiza ninguna actividad empresarial, no existe la ordenación, por cuenta propia, de los medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios. Es decir, no venden ni compran en el mercado, simplemente gestionan bienes. En la mayoría de los casos, la actividad principal de este tipo de sociedades, consiste en la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario.

 

FAQS

Solventamos tus dudas

¿Cuándo utilizar una sociedad patrimonial?

Es común utilizar y suele ser útil una sociedad patrimonial en casos de personas o familias con muchos inmuebles o que estos tengan un valor importante.

Y es que estas sociedades quedan sujetas al impuesto sobre sociedades, por lo que cuentan con un tipo impositivo del 25%, mientras que en el IRPF se pueden afrontar impuestos mucho más altos cuando se tienen rentas muy altas que deriven de la gestión del patrimonio personal. Existen varios tipos en cuanto a su función.

Asi bien, encontramos entidades patrimoniales que poseen exclusivamente inmuebles familiares para su uso y disfrute, entidades de alquiler de inmuebles, o entidades patrimoniales que poseen exclusivamente valores e invierten en bolsa.

¿Cómo constituir una sociedad patrimonial?

Las sociedades patrimoniales solo están reguladas en la legislación impositiva, no se encuentra sujeta a las normas mercantiles y tan solo tiene relevancia a efectos fiscales. Esto quiere decir que este tipo de entidades no se pueden constituir, sino que, una vez constituida la sociedad se considerará patrimonial si cumple con una serie de requisitos. Por lo tanto, para crear una sociedad patrimonial primero hay que constituir una sociedad mercantil normal.

Se debe de gestionar como cualquier sociedad; debe cumplir con las normas mercantiles referentes a socios, capital o requisitos de constitución y requerirá de la gestión y el control de la contabilidad como en cualquier empresa.

¿Cuáles son los requisitos para constituir una sociedad patrimonial?

Para que tu entidad pueda tributar como sociedad patrimonial es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Los activos deben de estar en un 50% o más fuera del ámbito de una actividad económica
  • Debe tener como socios a personas de una misma familia o no superar un total de 10 socios
  • Que no exista ninguna persona empleada con contrato laboral y jornada completa dedicada a la gestión de los bienes

¿Cómo podemos ayudarte?

Contacta con nosotros, estamos a tu disposición

En LABE Abogados contamos con más de 30 años de experiencia en servicios legales para particulares, pymes y grandes empresas. Ponemos a tu disposición un equipo de abogados, consultores y asesores de reconocida trayectoria profesional que estarán a tu plena disposición para prestarte asesoramiento completo en todo lo que precises. Te informaremos de todos tus derechos y obligaciones, aconsejándote sobre la forma más adecuada de proceder en cada caso. Puedes ponerte en contacto con nosotros en nuestra oficina de Madrid (Paseo de la Castellana 89) o llamarnos por teléfono y te pondremos en contacto con uno de nuestros asesores especialistas en el número 913 14 90 16 en horario de 9 a 19h.

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